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l Instituto Superior de Derecho Nobiliario desempeña servicios de asesoramiento en sede legal, notarial de arbitraje, en sede de comprobación jurisdiccional del patrimonio nobiliario, heráldico y ecuestre de quien bien mirado sea el titular, incluida la presentación en sede jurisdiccional de las memorias heráldico-nobiliarias y genealógicas (excluidos los dictámenes pro veritate), además de los registros y publicaciones de costumbre eventuales y consecuentes.

La asistencia del Instituto Superior se ejerce durante toda la actividad jurisdiccional, hasta la pronunciación de la sentencia por parte del Tribunal de Arbitraje Internacional - órgano permanente de la Corte Europea de Justicia de Arbitraje de Ragusa, y continúa, en caso de aprobación de las tesis de los actores, hasta la ejecución de la sentencia, que consiste en la emisión y transcripción del decreto de ratificación de la sentencia, que emite el presidente de un tribunal ordinario de la república italiana.

En tal caso el presidente de un tribunal ordinario, después de haber comprobado la regularidad formal del procedimiento que certifica el reconocimiento de la parte del status nobiliario y/o ecuestre de quo, ratifica la sentencia pronunciada por el mencionado Tribunal de Arbitraje Internacional - órgano permanente de la Corte Europea de Justicia Arbitral de Ragusa, y hace que resulte ejecutiva con un decreto en el territorio de la república, disponiendo además la publicación de un sumario en el Boletín Oficial de la Región donde el tribunal tiene su sede (en el caso en cuestión el Boletín Oficial de la Región Sicilia).

Por último el decreto del presidente del tribunal, para la asignación de validez de sentencia, tiene que registrarse en la Oficina de Ingresos.

Todo apunta a aclarar, con tal que la comprobación jurisdiccional haya sido positiva, el status nobiliario del derecho habiente, legitimando jurídicamente la pertenencia del título nobiliario, del predicado, del blasón y de las calificaciones cuando existan y se hayan configurado.

Dicha acta de verificación sirve como sentencia de comprobación jurídico-histórico-nobiliaria ante la magistratura italiana de los títulos nobiliarios y ecuestres y de los predicados anexos y competencias relacionadas, el blasón y las calificaciones, así como rechazados u otorgados por un soberano o por un príncipe pretendiente al trono con fons honorum comprobada jurisdiccionalmente.

Ésta es precisamente la consecuencia directa de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Arbitraje Internacional – un órgano permanente de la Corte Europea de Justicia Arbitral de Ragusa, una corte compuesta por magistrados de arbitraje, jueces de I grado.

De ello deriva la posterior posibilidad de ejecución de la sentencia en el territorio de los más de 100 Estados adherentes a la Convención de Nueva York del 10-06-1958, que resultó ejecutiva en Italia con la ley del 19 de enero de 1968, nº 62.

Por tanto en nuestra opinión el procedimiento más garantizado consiste en el reconocimiento de un status preexistente o en la concesión ex novo, del derecho habiente, de un patrimonio nobiliario y en la sucesiva comprobación jurisdiccional con sentencia, aprobación y consiguientes cumplimientos formales, de su pertenencia jurídica al mismo.

   
   
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Instituto Superior de Derecho Nobiliario